Congreso Nacional Indígena Manifiesto Indígena del Primero de Mayo, México, 1º de mayo de 2001.

CONSIDERANDO que 509 años de historia han significado para los nuestros, pueblos primeros, explotación, discriminación y pobreza, y que la Nación Mexicana, nacida de nuestra semilla y de nuestros corazones, ha sido edificada por los poderosos negando nuestra existencia y negando nuestro supremo derecho a caminar nuestro propio camino, sin que ello signifique renegar de la patria fundada con nuestra sangre.

RECORDANDO que los Acuerdos de San Andrés Sobre Derechos y Cultura Indígena, firmados el 16 de febrero de 1996, corresponden tan solo a la Primera Mesa de Diálogo entre el Gobierno Federal y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), y son compromisos y propuestas conjuntas que ambas partes pactaron para garantizar una nueva relación entre los pueblos indígenas del país, la sociedad y el Estado. Y que estas propuestas conjuntas, que serían enviadas a las instancias de debate y decisión nacional, fueron recogidas por la Comisión de Concordia y Pacificación –integrada por legisladores de los diversos partidos políticos nacionales- en un texto legal que se presentó como Iniciativa de Reforma Constitucional, misma que aceptaron, tanto el Ejército Zapatista de Liberación Nacional, como el Congreso Nacional Indígena el 29 de noviembre de 1996, no sin señalar las omisiones que presentaba y reconocerla como el paso primero para el reconocimiento constitucional de nuestros derechos.

RECONOCIENDO que los Acuerdos de San Andrés, así como su traducción jurídica constitucional que se expresa en la Iniciativa de Reforma Constitucional elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA), reflejan el consenso mayoritario de los pueblos indígenas de México, del Gobierno y de la sociedad nacional en materia de derechos y cultura indígena.

CONSIDERANDO que el reconocimiento constitucional de los derechos y cultura indígena, según la Iniciativa de la COCOPA, como parte de las tres señales demandadas por el EZLN, es el paso firme para la construcción de una paz justa y digna en Chiapas.

CONSIDERANDO que la Marcha de los Mil Ciento Once Zapatistas a la Ciudad de México, en septiembre de 1997, y los resultados de la Consulta Nacional Sobre Derechos y Cultura Indígena, realizada en marzo de 1999, ratificaron el consenso nacional que representan los Acuerdos de San Andrés y la Iniciativa de Reforma Constitucional elaborada por la COCOPA.

RECORDANDO que los pueblos nuestros, convocados y reunidos en el Tercer Congreso Nacional Indígena, realizado en Nurío, Michoacán, los días 2, 3 y 4 de marzo de este año, acordaron en forma unánime exigir: el reconocimiento constitucional de los derechos de los pueblos indígenas como sujetos de derecho, conforme a la Iniciativa de la COCOPA; el reconocimiento constitucional de nuestro inalienable derecho a la libre determinación, expresado en la autonomía como parte del Estado Mexicano; y el reconocimiento constitucional de nuestros territorios y tierras ancestrales que representan la totalidad de nuestro hábitat en donde reproducimos nuestra existencia material y espiritual como pueblos.

OBSERVANDO que tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ambos con rango de Ley Suprema en nuestro país, establecen que todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación, y que en virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.

OBSERVANDO, asimismo, que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Sobre Pueblos Indios y Tribales en Países Independientes, también con rango de Ley Suprema en México según nuestro orden constitucional vigente, establece el derecho de nuestros pueblos para asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico, y para mantener y fortalecer sus identidades, lenguas, territorios y recursos naturales, dentro del marco del Estado en que viven.

DENUNCIANDO que una vez más nuestra palabra y nuestro sentir sólo han servido para burla y escarnio de los poderosos; que la voz primera de nuestros pueblos y la voz mayoritaria de la sociedad mexicana expresada durante febrero, marzo y abril del año 2001 en la Marcha Por la Dignidad Indígena que encabezó el Ejército Zapatista de Liberación Nacional no es escuchada por quienes dicen ser depositarios de la voluntad popular; que los intereses políticos y económicos de quienes detentan el poder pretenden, otra vez, que los pueblos más primeros de estas tierras, los pueblos nuestros, los pueblos indígenas, queden al último, sin ser reconocidos en sus derechos fundamentales, presas del despojo, el etnocidio y la integración forzada a un proyecto de nación ajeno a nuestra historia y a nuestro sentir, que hoy intenta arrebatarnos todo a todas y a todos.

LOS PUEBLOS, COMUNIDADES Y ORGANIZACIONES QUE INTEGRAMOS EL CONGRESO NACIONAL INDÍGENA MANIFESTAMOS QUE:

PRIMERO: Rechazamos tajantemente la Iniciativa de Ley Indígena aprobada por el Congreso de la Unión, porque la misma no solo violenta la voluntad del pueblo y es inconstitucional, sino que resulta profundamente regresiva al desconocer derechos fundamentales de nuestros pueblos, consignados en la propia Constitución, así como en los Convenios, Pactos y Tratados Internacionales que México ha suscrito y que tienen rango de Ley Suprema de acuerdo a nuestro orden constitucional vigente. De manera especial, la Iniciativa aprobada incorpora en forma parcial y distorsionada algunos conceptos y derechos consignados en el Convenio 169 de la OIT, y omite otros muchos que son fundamentales.

SEGUNDO: La Iniciativa de Ley Indígena aprobada por quienes decían representar la voluntad popular, no recoge el espíritu ni la letra de los Acuerdos de San Andrés y modifica en forma sustancial la Iniciativa de Reforma Constitucional elaborada por la COCOPA, al señalar que el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de los estados, situación que en realidad implica no realizar el reconocimiento constitucional de nuestros pueblos y sus derechos. La iniciativa aprobada representa un obstáculo para que se reanude el diálogo entre el Gobierno Federal y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional con el fin de construir una paz justa y digna. El voto de los legisladores no fue un voto por la paz.

TERCERO: Esta contrarreforma constitucional representa una burla para nuestros pueblos y una afrenta mayor para la sociedad mexicana, que decidió respaldar nuestra justa causa, porque deja en manos de las Entidades Federativas definir las características de la autonomía indígena y los mecanismos para su realización, anulando nuestros derechos de libre determinación expresados en la autonomía dentro del marco del Estado Mexicano y las aspiraciones de nuestros pueblos para su reconstitución plena.

CUARTO: La Iniciativa aprobada reduce la aplicación de nuestros derechos autonómicos al ámbito municipal, no resuelve lo relativo al acceso y administración de los recursos municipales que corresponden a nuestros pueblos y posibilita la construcción de auténticas reservaciones indígenas municipales.

QUINTO: La contrarreforma constitucional otorga a las comunidades indígenas, en forma caritativa y piadosa, el carácter de entidades de interés público y no de derecho público como lo establece la Iniciativa de la COCOPA para que, dentro de la estructura del Estado y estando plenamente reconocida su personalidad, éstas y los municipios que reconozcan su pertenencia a un pueblo indígena puedan asociarse libremente a fin de coordinar sus acciones. La contrarreforma constitucional omite garantizar el ejercicio de la libre determinación de los pueblos indígenas en cada uno de los ámbitos y niveles en que hagan valer su autonomía, pudiendo abarcar uno o más pueblos indígenas, de acuerdo con las circunstancias particulares y específicas de cada entidad federativa.

SEXTO: En la Iniciativa aprobada se omite la posibilidad de remunicipalización de los territorios en que están asentados los pueblos indígenas y el hecho de que la reorganización territorial de los distritos uninominales, con el fin de propiciar la participación política de los Pueblos indígenas, se deje para un artículo transitorio, no hacen sino afirmar el carácter ilusorio y regresivo de la reforma constitucional impuesta.

SEPTIMO: La Iniciativa que aprobó el Congreso de la Unión desconoce, en lo relativo a los territorios de nuestros pueblos, el marco legal ya establecido por el Convenio 169 de la OIT, y no reconoce nuestras tierras y territorios de acuerdo a los conceptos que se recogen en dicho Convenio. El término «territorios» es groseramente sustituido por el de «lugares», por lo que quedamos desprovistos del espacio físico inmediato para el ejercicio de nuestra autonomía y para la reproducción material y espiritual de nuestra existencia.

OCTAVO: La Ley Indígena que hoy pretenden imponer a nuestros pueblos y a la sociedad reafirma la concepción individualista que inspiró la contrarreforma del Artículo 27 Constitucional en 1992 y se expresa como complemento de la misma, ya que no reconoce el derecho CONSTITUCIONAL que tenemos para acceder de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales que se encuentran en nuestras tierras y territorios, por el contrario restringe, en forma regresiva, este derecho exclusivo que tenemos y lo convierte en simple derecho de preferencia, previamente limitado por las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierra ya establecidas en la Constitución y por los derechos que han sido adquiridos (generalmente en forma ilegal) por terceros a nuestros pueblos. Hemos exigido el reconocimiento del derecho que tenemos para acceder a los recursos naturales que se encuentran en la totalidad del hábitat que los pueblos ocupamos y los legisladores, en forma contraria, deciden reducir derechos que ya históricamente tenemos ganados de hecho y por derecho, en títulos primordiales y resoluciones agrarias y con el sudor y la sangre de nuestros abuelos.

NOVENO: La Iniciativa aprobada, en contravención al formato de Diálogo establecido entre el Gobierno Federal y el EZLN, pretende zanjar la cuestión agraria en los términos de lo que dispone actualmente el Artículo 27 Constitucional, lo anterior sin considerar la gran oposición de nuestros pueblos hacia la reforma de dicho Artículo y olvidando que el tema agrario deberá ser discutido en la Mesa de Diálogo relativa al Tema de Bienestar y Desarrollo.

DECIMO: Asimismo la Ley Indígena establece un apartado «B» en el Artículo Segundo Constitucional que, además de no corresponder su contenido al de un texto propiamente constitucional, reproduce las políticas indigenistas de etnocidio que históricamente ha aplicado el Estado Mexicano, al señalar una serie de políticas asistencialistas que los legisladores, en forma por demás autoritaria, han supuesto que servirán a nuestros pueblos, siendo que nuestra demanda es el reconocimiento efectivo de los pueblos indígenas para que éstos puedan definir sus propias prioridades de desarrollo.

DECIMO PRIMERO: Hoy como ayer decimos ¡Nunca más un México sin nosotros! ¡Nunca más la voz de los pueblos indígenas callará ante las injusticias! En esta hora nacional ratificamos y hacemos más fuerte este grito ante la nueva agresión que significa la reciente contrarreforma constitucional. A todos hacemos ver que no existirá un México verdadero, justo y digno sí los derechos de nuestros pueblos no son plenamente reconocidos.

Por lo expuesto anteriormente,

CONVOCAMOS:

A todos los pueblos, comunidades y organizaciones indígenas del país a unir nuestro sentir, nuestros caminos y nuestra voz con el fin de exigir el reconocimiento constitucional de nuestros derechos de acuerdo a la Iniciativa de la COCOPA, y PARA ORGANIZAR EN TODOS LOS RINCONES DE LA PATRIA LA MOVILIZACIÓN Y LA RESISTENCIA FRENTE A LA NUEVA BURLA DE LOS POCOS QUE DETENTAN EL PODER EN ESTE PAÍS Y QUE HAN SECUESTRADO AL CONGRESO DE LA UNIÓN Y LA VOLUNTAD DE LA NACIÓN, A TRAVES DE LAS POSICIONES MÁS RETRÓGRADAS QUE EXISTEN EN NUESTRO PAIS, REPRESENTADAS POR DIEGO FERNÁNDEZ DE CEVALLOS Y MANUEL BARTLETT. LLAMAMOS A EJERCER LOS DERECHOS DE SOBERANÍA POLÍTICA QUE NOS OTORGA EL ARTÍCULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN, YA QUE EL ORDEN LEGAL VIGENTE HA SIDO VISIBLEMENTE QUEBRANTADO, A TRAVÉS DE LA INCONSTITUCIONAL INICIATIVA APROBADA.

RECURRIREMOS A TODOS LOS RECURSOS LEGALES EXISTENTES NACIONALES E INTERNACIONALES: QUE LA VOZ Y LA PRESENCIA DE LOS PUEBLOS MÁS PRIMEROS, LOS PUEBLOS INDÍGENAS, SE ESCUCHE Y SE SIENTA POR TODA LA NACIÓN.

A los trabajadores del campo y de la ciudad y a todo el Pueblo de México, a organizar un masivo movimiento nacional que nos conduzca a la unidad de acción y al mismo tiempo nos permita construir consensos y superar debilidades con el fin de lograr el reconocimiento constitucional de los derechos de nuestros pueblos y la cancelación de las políticas neoliberales que hoy destruyen la Nación entera.

México, D. F. a 1º de mayo del 2001

¡NUNCA MÁS UN MÉXICO SIN NOSOTROS!

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