Resolutivos de la Primera Asamblea del Congreso Nacional Indígena, Malacachtepec, Momoxco, Milpa Alta, 20 de noviembre de 1996.

Primera resolución

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que el Congreso Nacional Indígena es un espacio construido por todos para que se encuentren nuestros pueblos, se hablen nuestros corazones, se crezca nuestra palabra y se encauce nuestra lucha, y es una forma de servirnos unos a otros para engrandecer a nuestros pueblos y poder lograr nuestros objetivos comunes.

SEGUNDO: Que el Congreso Nacional Indígena reunido del 8 al 11 de octubre de 1996 llegó a consensos claros que fueron asumidos por todos los participantes, y que el principal de ellos fue el de asumir y defender el cumplimiento de los Acuerdos de San Andrés Sakamch’en de los Pobres, Chiapas.

TERCERO: Que para darle seguimiento a nuestros acuerdos, el Congreso Nacional Indígena determinó una primera Asamblea Nacional Indígena en la comunidad de Milpa Alta, D.F. el día 20 de noviembre de 1996.

CUARTO: Que el Congreso Nacional Indígena dio su mandato a esta Asamblea  Nacional Indígena de avanzar en la toma de acuerdos sobre las formas en que debemos seguir caminando juntos para crecer en la unidad y para hacer operativos los consensos y acuerdos ya tomados.

QUINTO: Que nuestra forma de ser y de entender la vida, como pueblos indígenas no busca reproducir las formas de dominación o de control con que durante tantos años nos han oprimido los grupos de poder en el país, sino por el contrario, establecer nuevas formas de vivir la democracia, basándonos en los principios siguientes:

1. Servir y no servirse

2. Construir y no destruir

3. Obedecer y no mandar

4. Proponer y no imponer

5. Convencer y no vencer

6. Bajar y no subir

7. Enlazar y no aislar

SEXTO: Que tenemos ya acumulada una gran cantidad de tareas urgentes que debemos atender, y que estamos conscientes de que todos tenemos la responsabilidad de asumirlas para fortalecer nuestra unidad y alcanzar nuestros objetivos,

SE RESUELVE

PRIMERO: Impulsar las reformas constitucionales, de leyes secundarias y de instituciones y políticas públicas que den cumplimiento a los Acuerdos de San Andrés Sakamch’en de los Pobres, sobre Derechos y Cultura Indígena.

SEGUNDO: Crear una instancia de seguimiento que será llamada «Comisión de Seguimiento del Congreso Nacional Indígena».

TERCERO: Que a partir del trabajo en las diferentes regiones y comunidades, privilegiando su palabra y garantizando que a ellas ha de regresar, las tareas de esta comisión serán las de ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos; elaborar diagnósticos, análisis y alternativas de solución; elaborar propuestas y programas de trabajo y favorecer el enlace y la comunicación entre los grupos de trabajo.

CUARTO: Que esta Comisión estará integrada por diez Grupos de Trabajo que atenderán los siguientes asuntos:

a) Sobre la Comisión de Seguimiento y Verificación de los Acuerdos de San Andrés.

b) Sobre legislación indígena.

c) Sobre tierra y territorio.

d) Sobre justicia y derechos humanos.

e) Sobre autodesarrollo económico y bienestar social.

f) Sobre cultura y educación.

g) De comunicación.

h) Sobre mujeres.

i) Sobre los jóvenes.

j) Sobre indígenas migrantes.

QUINTO: Que cada uno de los Grupos de Trabajo estará compuesto mínimamente por cinco miembros titulares, representantes de organizaciones o pueblos indígenas.

SEXTO: Que cada Grupo de Trabajo designará a un compañero que fungirá como responsable.

SÉPTIMO: Que los diez responsables, uno por cada Grupo, formarán una coordinación de la Comisión de Seguimiento, y deberán asumir las tareas de finanzas, relaciones internacionales, orientación política y ser portavoces del funcionamiento del Congreso.

OCTAVO: Que los miembros integrantes de los Grupos de Trabajo son ante todo servidores que asumirán como principio el espíritu de nuestros pueblos de laborar de cara a los demás; la palabra que se exprese será la derivada del consenso, evitando negociaciones que afecten a la integridad e imagen del Movimiento Indígena Nacional. Los aspectos relacionados al funcionamiento de los Grupos de Trabajo quedan asentados en la Relatoría General de la Asamblea.

NOVENO: Que la Comisión de Seguimiento tendrá como sede de trabajo el local ubicado en la avenida Prolongación Cuauhtémoc No. 50, Barrio Palchimalco, San Pedro Actopan, Milpa Alta, D.F., y con Teléfono (5) 844-314.

DÉCIMO: Llevar a consulta a las comunidades el documento que contiene los principios fundamentales del movimiento indígena.

DÉCIMO PRIMERO: Apoyar, a partir de la presente fecha, la movilización nacional para exigir el reconocimiento constitucional de nuestros derechos individuales y colectivos conforme a los Acuerdos de San Andrés.

DÉCIMO SEGUNDO: Que debido a los constantes y persistentes atropellos que nuestros pueblos siguen sufriendo, la militarización y la represión sistemática, se realice el siguiente

PRONUNCIAMIENTO

PRIMERO: Esta Asamblea Nacional Indígena protesta enérgicamente por las constantes y sistemáticas violaciones a nuestros derechos y garantías constitucionales, en diferentes partes del país, y exigimos el inmediato respeto a nuestros derechos humanos.

SEGUNDO: Sabedores de que el gobierno trata de manipular una consulta sobre la iniciativa de la OEA en relación a los derechos de los pueblos indios, exigimos que esta consulta parta verdaderamente de la palabra de las comunidades y pueblos indígenas, y se tome en consideración especialmente la palabra del Congreso Nacional Indígena.

¡NUNCA MÁS UN MÉXICO SIN NOSOTROS!

Milpa Alta, D.F., 20 de noviembre de 1996.

Descargar PDF aquí