Jornada Estatal en Defensa del Derecho de Consulta. Toma de carreteras en #Michoacán por el Consejo Supremo Indígena (CSIM)

Por decisión de Asamblea General de Autoridades, el CSIM realizará tomas de carreteras de forma pacífica en todo el estado, para exigir el derecho de consulta sobre medidas legislativas que afectan a los pueblos indígenas, la Iniciativa de Reforma Constitucional en Materia Indígena de #Michoacán, presentada por el Gobernador es discriminatoria, toda vez que únicamente establece la entrega del presupuesto directo estatal a 40 comunidades que tienen autogobierno, discriminando a 460 comunidades que no se rigen por usos y costumbres.

A continuación, la solicitud de consulta presentada al Congreso del Estado:

ASUNTO: SOLICITUD DE CONSULTA A COMUNIDADES INDÍGENAS

DIP. JUAN ANTONIO MAGAÑA DE LA MORA

PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DE MICHOACÁN

PRESENTE:

Comunidades originarias a 2 de diciembre de 2024

K´eri Kunkorhekua Iretecheri, el Consejo Supremo Indígena de Michoacán #CSIM, consejo autónomo e independiente de gobiernos, partidos políticos e instituciones religiosas, constituido por autoridades tradicionales de 70 comunidades originarias, representado por la Comisión de Enlace, la cual firma y sella al calce, exponemos conjuntamente lo siguiente:

En días pasados, fue presentada por el Gobernador del Estado la Iniciativa de Reforma Constitucional en Materia Indígena de Michoacán, con lo que se pretende armonizar las reformas, adiciones y derogaciones al Artículo 2o de la Constitución Mexicana en materia de pueblos indígenas y afromexicanos.

En este contexto y después de conocer la iniciativa, declaramos que si bien mantiene avances en el reconocimiento de los derechos indígenas en la entidad, sostenemos es una iniciativa discriminatoria, toda vez que únicamente establece la entrega del presupuesto directo estatal a las comunidades que tienen autogobierno, discriminando al resto de las comunidades y violentando sus derechos constitucionales, en la práctica, esta reforma solamente permitiría que 40 comunidades indígenas de la entidad reciban el presupuesto directo estatal y marginaría a 460 comunidades.

El artículo 2º de la Constitución Mexicana, establece que la federación y los estados mantienen la obligación de:

“Determinar, mediante normas y criterios compensatorios, equitativos, justos y proporcionales, asignaciones presupuestales para los pueblos y comunidades indígenas, que serán administradas directamente por estos”, en ningún lugar determina que el presupuesto directo federal y estatal sea exclusivamente para comunidades con autogobierno, por lo que no se estaría armonizando la legislación local de manera correcta.

La iniciativa presentada por el titular del ejecutivo estatal, tampoco contempla el derecho a la autonomía educativa para los pueblos originarios, ni siquiera permite que las comunidades puedan establecer sus propios planes y programas educativos, así mismo, no reconoce el ancestral sistema de justicia indígena, a pesar de que en Michoacán existen más de 200 jueces tradicionales que de facto, resuelven los problemas internos de sus comunidades, otro de los aspectos fundamentales que no establece, es el derecho al territorio que mantienen los pueblos nativos, deuda histórica del estado mexicano, ni siquiera instituye el derecho de consulta sobre medidas legislativas o administrativas que afectan a pueblos y comunidades, en síntesis, la iniciativa de reforma indígena en la entidad, no fue consultada de manera apropiada con los pueblos a quien dice representar y no existe ni una sola acta de asamblea general que la apoye, la cual es la máxima autoridad de los pueblos originarios.

Por ello, con fundamento en el Artículo 2o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde instituye el derecho colectivo a “ser consultados sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretendan adoptar, cuando estas puedan causar afectaciones o impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento o, en su caso, llegar a un acuerdo sobre tales medidas”, solicitamos de manera atenta y respetuosa al Congreso del Estado de Michoacán que nos consulte de manera libre, previa, informada y culturalmente adecuada, sobre la Iniciativa de Reforma Constitucional en Materia Indígena de Michoacán.

CONSEJO SUPREMO INDÍGENA DE MICHOACÁN #CSIM